Elio Peña, apoyó este proyecto,
que reforma a la Ley Orgánica de Servicio Público y crea condiciones que
impiden limitar el acceso a la salud de las personas que laboran en el sector
público.
Quito.- Con el fin de que los ciudadanos tengan una atención médica
óptima y oportuna, los asambleístas aprobaron con 106 votos, el derecho a que
los servidores públicos tendrán permiso para atención médica por el tiempo que
sea necesario, siempre que se justifique con certificado médico correspondiente
otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o validado por los
Centros de Salud, lo informó Elio Peña, asambleísta de Zamora Chinchipe, quien
apoyó esta iniciativa.
Estos permisos se concederán sin
reducción de las remuneraciones y sin que se le descuente de sus vacaciones.
Para acceder a los mismos se tomará en cuenta, a más del tiempo que corresponda
a la atención médica, el traslado desde su domicilio o puesto de trabajo hasta
el centro de médico y el retorno a sus actividades normales, este proyecto, que
reforma a la Ley Orgánica de Servicio Público y crea condiciones que impiden limitar
el acceso a la salud y propicia el derecho a la salud de las personas que
laboran en el sector.
Peña, indicó que estas reformas,
han sido constantemente un clamor de los servidores públicos, quienes
denunciaron que en muchos casos se quedaban sin días de descanso, por hacer uso
del tiempo de atención médica, ya que se cargaba a sus vacaciones e inclusive a
su remuneración, ahora, la norma prevé permiso por dos horas para atención
médica, tiempo que no es suficiente, aseguró, sobre todo para los servidores
públicos que se trasladan a centros médicos alejados de su residencia o lugar
de trabajo.
El derecho a la salud es una garantía
constitucional, y se articula con el derecho al trabajo, puesto que dentro del
desarrollo de las diversas actividades laborales se debe asegurar que las
mismas no vayan en menoscabo de la salud de las personas y de su vida, expresó
el legislador que representa a Zamora Chinchipe en el debate, al tiempo que exigió
su efectiva aplicación, por parte del estado que es quien generará y
garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y
ejercicio. Será inconstitucional cualquier acción u omisión que disminuya,
menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos de los trabajadores,
finalizó.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.